Buscan solución a trabas que genera legislación del S.O.A


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Buscan solución a trabas que genera legislación del S.O.A

Ascoma Gallito Luis Gallito.com autos
La necesidad de un mayor control del Seguro
Obligatorio de Automóviles para  agilizar
la tramitación para comercializar los automóviles usados fue uno de los temas
que surgió luego del encuentro convocado por la Asociación de Concesionarios de
Marcas de Automotores (ASCOMA) y del cual tomaron parte socios de la
institución, su asesora notarial y representantes de la Asociación Uruguaya de
Empresas Aseguradoras (Audea).

Vale recordar que la ley que estableció la
obligatoriedad de que todos los automotores dispongan de un Seguro Obligatorio
(SOA), LA 18.412 del 17 de noviembre de 2008, cuya puesta en marcha fue
prorrogada por ley 18.491 del 22 de mayo de 2009, hasta 19 de agosto de ese
año, en sus artículos  26, 27 y 28 no
solo define quiénes son los organismos fiscalizadores del mismo (Ministerio del
Interior, Intendencias Municipales), sino que también establece que al pasar
tres años de su puesta en práctica deberán efectuar el contralor de la vigencia
del seguro durante los tres años anteriores. En el caso de los vehículos más
nuevos que ese plazo, el control deberá controlarse desde el empadronamiento
original.
El inconveniente que los concesionarios y los
escribanos encuentran en las disposiciones, tiene que ver con las dificultades
que genera la rastreabilidad del SOA en gran parte de los vehículos, porque no
siempre el propietario que vende cuenta con la documentación necesaria de los
tres años anteriores, porque muchas veces ha cambiado de compañía aseguradora o
ha comprado a su vez esa unidad.
Es que la norma señala, en el inciso 2 del
artículo 28, que de no poder acreditarse por parte del asegurado la vigencia
del SOA en alguno de los tres años anteriores a la hora de realizar un trámite,
se deberá  pagar una multa equivalente al
importe promedio del costo del mercado del referido seguro.
La asesora notarial de ASCOMA, la Esc. Daniela
Bottero, explicó que si no se cuenta con la documentación que acredita que ese
vehículo tuvo SOA en los tres años anteriores, es imposible realizar buena
parte de los trámites más necesarios ante el Ministerio del Interior o las
intendencias para efectuar la compra venta del automotor.
“La ley establece qu hay que demostrar que el
auto tuvo seguro obligatorio en los últimso tres años. Y hay que hacerlo a
nivel de intendencias e interior. Pero no siempre el propietario que vende
tiene esa información. Como no existe un registro único o una base de datos
donde se pueda obtener ese historial, hay que realizar una investigación entre
las empresas aseguradoras o con los propietarios anteriores, que no siempre
tienen esa información o la recuerdan”, señaló.
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Si bien dijo que “aún no se solicita esa
documentación cuando se solicita un certificado de libre de multas o se va a
registrar una compra venta, la norma establece que se lo debe hacer. Muchos
vendedores no recuerdan con quién acordó el SOA. Y hay propietarios que en su
momento entregaron las chapas y por tanto, por ese período, no tuvieron el
seguro. Eso dificulta y entorpece la concresión de un negocio, lo que se podría
facilitar si hubiera un registro único de asegurados”. 
En el encuentro celebrado en ASCOMA, los
representantes de AUDEA, el Cr. Mauricio Castellanos y la Dra. Marianella
Melgar,  dieron su punto de vista, en
tanto los asociados de ASCOMA y la Esc. Bottero plantearon las dificultades que
se enfrentan en el día a día por el tema.
Si bien y en mérito a un recurso presentado en
el Parlamento por la Asociación de Escribanos del Uruguay a través del diputado
Daniel Radío se ha solicitado la prórroga de la aplicación de la ley, el
problema persiste y lo que se pretende por parte de todas las partes
involucradas es permitir la aplicación e la norma a partir de mejoras en su
reglamentación o en la puesta en marcha de herramientas informáticas que lo
permitan, para eliminar trámites y costos.
Según la Esc. Bottero, las soluciones podrían
ser que las empresas aseguradoras informaran sobre las fechas en que cada
vehículo estuvo asegurado en cada compañía o en disponer de un registro único
con la información requerida para ser consultada por los concesionarios y sus
gestores vía online.

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